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24 abril, 2017

La verdad sobre el supuesto «varapalo» a la Ley Madrileña del Deporte

Ley Madrileña del Deporte

Recientemente se ha publicado una noticia sobre un supuesto “varapalo” a la Ley 6/2016 de la Comunidad de Madrid por la que se regula las diferentes profesiones del deporte. En esta ley, que entrará en vigor en breve, se regula el acceso a profesiones como preparador físico, entrenador personal o monitor deportivo.

Como ocurre en tantas ocasiones con los medios de comunicación especializados, la realidad no siempre coincide con lo publicado. En este artículo analizamos qué se ha publicado y qué dice realmente la Secretaría del Consejo para la Unidad de Mercado (SECUM) del Ministerio de Economía, Industria y Competitividad.

Es importante resaltar que dicho organismo no actúa de oficio, sino que responde al escrito presentado por PROEFA, una asociación profesional que aglutina a diversas academias del sector, entre las que cabe destacar Orthos, Sector Fitness, FEDA, Fivestars o Apta Vital Sport,  claramente perjudicadas por esta medida. Cualquier persona puede acudir a dicho organismo y presentar un escrito con solicitud de información. La noticia es que les han contestado como cabría esperar.

Nada más empezar a leer la noticia (no la respuesta del SECUM) observamos que el subtítulo dice que dicho consejo “ha emitido un informe negativo” cuando este término no aparece en ningún momento en el escrito, limitándose a opinar sobre las cuestiones presentadas por el interesado. De hecho, si analizamos las conclusiones, parece que avala el respeto que dicha ley muestra al principio de eficacia nacional.

“Cabe señalar que la Ley 6/2016, de 24 de Noviembre, contempla el principio de eficacia nacional regulado en los artículos 6 y 19  de la LGUM, respetando asimismo el artículo 18.2 c) de la LGUM, al incluir en su artículo 13 el apartado 2”

Todavía sin abandonar el subtítulo de la noticia, leemos que dicho informe “insta a modificar la ley del Deporte de la Comunidad de Madrid” y más adelante “el informe pide eliminar la vinculación de determinadas titulaciones al ejercicio de las denominadas profesiones del deporte”. Mientras, el escrito oficial, en referencia a convertir las diferentes profesiones del deporte en tituladas, dice exactamente:

“Una medida que podría cuestionarse cuestionarse conforme a los principios de necesidad y proporcionalidad establecidos en el artículo 5 de la LGUM”

No obstante, el mismo informe deja claro que supone una excepción al artículo 35.1 de la Constitución Española y que deberá estar justificado según las consideraciones establecidas en la Ley de Garantía de la Unidad de Mercado (LGUM). En este sentido es especialmente interesante el siguiente párrafo del escrito de dicha secretaría que dice lo siguiente:

“El artículo 5 de la LGUM exige que los límites al acceso a una actividad económica o su ejercicio se motiven en la necesaria salvaguarda de alguna razón imperiosa de interés general de entre las comprendidas en la Ley 17/2009, de 23 de Noviembre, sobre el libre acceso a las actividades de servicios y su ejercicio considerando que en todo caso esos límites o requisitos deberán ser proporcionados, no existiendo otro medio menos restrictivo o distorsionador de la actividad económica”

Es por todo ello que, basándonos únicamente en la información oficial presentada en dicho informe, la SECUM NO insta a modificar la ley ni pide eliminar la vinculación de determinadas titulaciones al ejercicio de las diferentes profesiones del deporte. En todo caso está mostrando el camino a quienes pudieran plantearse llevar esta ley a los tribunales. Una vez en este punto, y si alguien decidiera emprende este camino, deberá ser el tribunal quien decida si la mencionada Ley, en lo que a la exigencia de determinadas titulaciones se refiere, está justamente motivada por una razón “imperiosa de interés general” tal y como recoge el artículo 5 de la LGUM.

Una vez abandonado el subtítulo, pero todavía en la primera frase del párrafo siguiente de la noticia leemos que la SECUM “solicita a la Comunidad de Madrid un compromiso de modificación de la Ley del Deporte… con lo que se posiciona en contra de las titulaciones en la regulación profesional”. Si acudimos al informe oficial al que hace referencia dice exactamente:

“Esta secretaría propuso a través del correspondiente punto de contacto en la Comunidad Autónoma de Madrid, un compromiso de modificación de la Ley 6/2016, de 24 de Noviembre, para eliminar la vinculación de determinadas titulaciones al ejercicio de las profesiones del deporte… no habiendo recibido propuesta de actuación concreta al respecto”

Como podemos observar, en ningún momento dicho organismo solicita ni insta, sino que propone, no habiendo recibido respuesta por parte de la Comunidad de Madrid.

A continuación, la noticia (que no el informe del SECUM) continua con una entrevista al presidente del PROEFA, D. Santiago Jacomet, donde podemos leer las siguientes afirmaciones:

“La secretaria del Consejo para la Unidad de Mercado (SECUM) requiere eliminar la vinculación de determinadas titulaciones al ejercicio de las denominadas profesiones del deporte”

Tal y como hemos visto, la SECUM “propone” pero en ningún momento “requiere”. Si continuamos dice estar contento por ser el informe contrario al principio de eficacia nacional mientras que, como hemos visto anteriormente, nada más lejos de la realidad. No obstante, para evitar al lector buscar el texto exacto que recoge el informe en sus consideraciones lo volvemos a copiar:

“Cabe señalar que la Ley 6/2016, de 24 de Noviembre, contempla el principio de eficacia nacional regulado en los artículos 6 y 19  de la LGUM, respetando asimismo el artículo 18.2 c) de la LGUM, al incluir en su artículo 13 el apartado 2”

Además, también dice que dicho informe hace referencia al incumplimiento de la garantía de las libertades de los operadores cuando la realidad es que en el único momento en que dicho informe habla de este tema en términos similares esa para indicar que así lo señala el interesado, es decir, la asociación que preside el señor Jacomet:

“El interesado señala que resultaría contraria al principio de eficacia de las actuaciones de las autoridades competentes en todo el territorio nacional e incumple a garantía de las libertades de los operadores y es contraria al principio de eficacia nacional”

A continuación, en dicha entrevista, hace referencia al principio de necesidad y proporcionalidad, diciendo el presidente del PROEFA estar especialmente satisfecho porque se mencione. No obstante, dicho informe en ningún momento dice que la Ley en cuestión lo incumpla. Tal y como explicábamos antes, tan solo muestra el camino de un posible argumento para quien quiera llevar dicha ley a los tribunales. También, tal y como hemos explicado antes, la Comunidad de Madrid podría argumentar estar motivado en la necesaria salvaguarda de alguna razón imperiosa de interés general tal y como recoge la Ley 17/2009. Llegado este punto, debería ser el tribunal quien, basándose en los argumentos legales aportados por ambas partes, decidiera si la ley que nos ocupa se adecua al derecho o no y, consecuentemente, debe ser corregida o anulada.

Por último, respondiendo a la última pregunta de la entrevista, el Sr. Jacomet dice que “el Parlamento Andaluz y la asamblea de Madrid DEBEN aprobar textos rectificativos que respeten las consideraciones que se hacen en los informes y más concretamente, desvincular título de profesión”. Imagino que, con lo que en este artículo hemos comentado y citado textualmente del informe original, no es necesario explicar por qué el verbo DEBER no es el indicado, siendo más apropiado, tal vez, el verbo PODER.

Por Sara Tabares, entrenador personal Valencia, periodista y directora de PERFORMA Entrenadores Personales. Puedes leer el resto de sus artículos aquí.
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Considerado por diversos medios nacionales y una auditoría externa como el mejor centro de entrenamiento personal del país, en sus instalaciones se entrena a una sola persona por hora, sala y entrenador personal pues solo de esta manera se puede garantizar la correcta ejecución de los entrenamiento y optimizar resultados. Puedes leerles en Men´s Health y escucharles en Cadena SER.https://performa.es/


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